La iglesia católica actualiza normas sobre presuntos hechos sobrenaturales o apariciones

El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha actualizado las normas para el manejo de presuntos hechos sobrenaturales o apariciones en las diócesis. Estas nuevas directrices reemplazan las establecidas en 1978, destacándose que la Iglesia ya no se pronunciará sobre la autenticidad de estos eventos.

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El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha actualizado las normas para el manejo de presuntos hechos sobrenaturales o apariciones en las diócesis. Estas nuevas directrices reemplazan las establecidas en 1978, destacándose que la Iglesia ya no se pronunciará sobre la autenticidad de estos eventos. En su lugar, podrá emitir un «nulla osta», indicando que no existen inconvenientes doctrinales en el mensaje asociado con el supuesto fenómeno, ni evidencia de fraude hasta la fecha.

Procedimientos Específicos

Para llegar a una declaración, el Dicasterio ha definido normas precisas sobre las competencias de los obispos diocesanos, las conferencias episcopales y la Doctrina de la Fe. En términos generales, los obispos deben formar una comisión compuesta por un teólogo, un canonista y un experto en el fenómeno en cuestión. Por ejemplo, si se afirma que una Virgen llora sangre, es necesario incluir a un experto capaz de analizar la sustancia para descartar fraudes.

El delegado de esta comisión y el obispo emitirán un juicio preliminar que será revisado en Roma. Una vez estudiado el caso, y con el veredicto emitido, el obispo, en coordinación con el Dicasterio, hará público el resultado.

Aceleración de Procesos

Uno de los objetivos principales de este nuevo documento es agilizar los procesos de evaluación, permitiendo a la Iglesia responder más rápidamente en un mundo donde las noticias se difunden velozmente a través de Internet y las redes sociales.

Problemas de Autenticidad

El documento también aborda los problemas potenciales al declarar una aparición como auténtica. Señala que algunos fieles pueden dar más importancia al mensaje del supuesto evento sobrenatural que al propio Evangelio. Además, se mencionan casos de contradicciones, como un hecho milagroso inicialmente declarado auténtico, pero desmentido años después, causando confusión.

Por lo tanto, la Iglesia no se pronunciará sobre la veracidad de un hecho sobrenatural. Simplemente indicará si no hay evidencias de fraude o incongruencias doctrinales y si existen frutos pastorales, como conversiones o profundización en la fe de los fieles.

Criterios de Evaluación

Se renueva una lista de criterios para que los obispos y comisiones puedan evaluar si un evento es engañoso. Estos criterios incluyen el estado psicológico del testigo que afirma haber presenciado el fenómeno y la rectitud de su vida moral. Además, se verifica si el testigo busca dinero, poder o fama.

La Doctrina de la Fe reconoce que la Iglesia no descarta la existencia de fenómenos sobrenaturales. «El Espíritu Santo puede conceder a algunas personas experiencias de fe muy particulares», afirma. Sin embargo, subraya que estas experiencias no deben pretender «mejorar o completar» lo que Dios ha revelado a través de Jesucristo, sino ayudar a vivir esa revelación «más plenamente en una cierta época de la historia».

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